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Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Rector es un grupo de personas que toman decisiones importantes para cierta organización. Este artículo solo dice que las reglas de este capítulo sirven para definir cómo se forma, cómo se organiza y cómo trabaja ese Consejo. Básicamente, se trata de ponerle orden a cómo funciona este grupo desde que se crea. No habla de sanciones ni de derechos, solo de su estructura y operación.

Texto oficial

Artículo 39. El presente Capítulo tiene como objeto regular la integración, organización y funcionamiento del Consejo Rector.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.