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Artículo 17 de la LEY Federal de Variedades Vegetales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El documento que te dan para registrar una nueva variedad de planta (llamado constancia de presentación) y el título que te acredita como obtentor (dueño de esa variedad) dejan de valer cuando se les acaba su fecha de vigencia. Además, si el INDAUTIN te avisa que ya puedes recoger tu constancia, y no la recoges en los siguientes doce meses después de que te avisaron, esa constancia pierde su validez automáticamente. O sea, tienes un año para ir por ella desde que te notifican, o la pierdes.

Texto oficial

Artículo 17.- La constancia de presentación y el título de obtentor quedarán sin efecto al vencimiento de su vigencia. La constancia caducará cuando el interesado no la recoja dentro de los doce meses siguientes a partir de la fecha en que se le notifique su expedición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.