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Artículo 71 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley el 25 de mayo de 2011. Cuando un artículo está derogado, quiere decir que ya no tiene validez ni se puede aplicar. Es como si lo hubieran borrado del libro de leyes.

Texto oficial

Artículo 71.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.