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Artículo 67 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 67 dice que los Servicios son partes del Ejército y la Fuerza Aérea que se encargan de cubrir lo necesario para que los soldados y aviadores puedan vivir y hacer su trabajo, como darles comida, equipo y transporte. Estos servicios están formados por áreas que dan órdenes y áreas que las ejecutan. Además, desde 2025, estos servicios también ayudan a la Guardia Nacional con lo que necesitan para vivir y operar.

Texto oficial

ARTICULO 67. Los Servicios son componentes del Ejército y Fuerza Aérea, que tienen como misión principal, satisfacer necesidades de vida y operación, por medio del apoyo administrativo y logístico formando unidades organizadas, equipadas y adiestradas para el desarrollo de estas actividades. Los Servicios quedan constituidos por órganos de dirección y órganos de ejecución. Los servicios del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos apoyan a la Guardia Nacional para satisfacer sus necesidades de vida y operación. Párrafo adicionado DOF 16-07-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.