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Artículo 41 de la LEY de Recompensas de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Condecoración al Mérito Docente Naval es un premio que se entrega en dos presentaciones: una del tamaño original y otra más chica (miniatura). La versión original incluye tres partes: la joya (que es una placa de metal dorado para Primera Clase y plateado para Segunda), un listón de tela de seda rayado con colores según la clase, y un gafete más pequeño con los mismos colores. La joya tiene grabados en el frente las figuras de Minerva y Neptuno, más la frase "Mérito Docente Naval", y por detrás dice que fue creada por una ley del 17 de diciembre de 1945. El listón es azul marino con rayas verdes, o alternadas azul, blanco y verde, según la clase, y tiene una placa de metal con alfiler para sujetarlo. Básicamente, esta ley describe exactamente cómo debe verse cada parte del premio para que todos sean iguales.

Texto oficial

ARTICULO 41.- La Condecoración al Mérito Docente Naval será en tamaño original y miniatura. La Condecoración en tamaño original consta de: I.- Joya. Será una placa en metal dorado para la de Primera Clase y plateado para la de Segunda en forma rectangular, de cuarenta milímetros por veinticinco milímetros. En el anverso llevará en relieve una figura representando a Minerva y a Neptuno, en la parte superior de la placa llevará la leyenda "Mérito Docente" en un renglón y en otro "Naval". En su borde superior y al centro tendrá una argolla para suspenderla del listón. Al reverso de la joya llevará la siguiente leyenda: "Creada por Ley de diecisiete de diciembre de mil novecientos cuarenta y cinco", en letras mayúsculas. II.- Listón. Será en popotillo de seda en forma rectangular de treinta milímetros de ancho y cuarenta y cinco milímetros de largo, en color azul marino, con una franja vertical de ocho milímetros de ancho en el centro en color verde para la Primera Clase; la de Segunda Clase tendrá cinco franjas verticales iguales alternadas azul, blanco, verde, blanco y azul. En la parte superior llevará una placa labrada del mismo metal que el de la joya, con un alfiler y seguro por su cara posterior, en el extremo inferior llevará una placa labrada del mismo metal que el de la joya y una argolla de unión al centro de donde penderá la joya. III.- Gafete. Será un rectángulo de nueve milímetros de ancho por treinta milímetros de largo, confeccionado en popotillo de seda. Los colores serán los mismos del listón y estarán distribuidos en la misma forma. CAPITULO VIII Condecoración al Mérito Facultativo Naval

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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