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Artículo 3 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El **artículo 3** del Reglamento de la Cámara de Diputados es como un diccionario que te explica qué significan ciertas palabras clave que se usan en ese reglamento. Por ejemplo, te dice que el "año legislativo" va del 1 de septiembre al 31 de agosto del año siguiente, y que una "comisión" es un grupo de diputados que hace informes o resoluciones para ayudar a la Cámara a cumplir su trabajo. También define que la "dieta" es el sueldo que recibe un diputado por su cargo, y que una "iniciativa" es el documento con el que arranca el proceso para crear una ley. En resumen, es una lista de términos oficiales para que todos entiendan de lo que se habla en la Cámara.

Texto oficial

Artículo 3. 1. Para efectos del Reglamento se utilizan las voces y significados siguientes: I. Año legislativo: Es el periodo comprendido entre el primero de septiembre y el treinta y uno de agosto del año siguiente; II. Comisión: Es el órgano constituido por el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones contribuye a que la Cámara cumpla sus atribuciones constitucionales y legales; III. Comité: Es el órgano auxiliar en actividades de la Cámara, distinto de las comisiones, constituido para realizar tareas específicas y de apoyo a los órganos legislativos, de acuerdo a lo que dispone el artículo 46 de la Ley; IV. Convocatoria: Es la cita formal que realizan los órganos facultados para ello en la Cámara, a efecto de llevar a cabo una Sesión o Reunión; V. Declaratoria de publicidad: Es el anuncio formal que hace el Presidente, ante el Pleno, informando que se ha publicado en la Gaceta un dictamen; VI. Dieta: Es la remuneración irrenunciable por el desempeño del cargo de Diputado Federal; REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2025 3 de 146 VII. Diputado Independiente: La Diputada o el Diputado que emana de una contienda electoral y haya solicitado su registro ante la autoridad competente con tal carácter, en términos de lo dispuesto por el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Fracción adicionada DOF 18-12-2015 VIII. Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados: Es la publicación a través de la cual se difunden las actividades, comunicaciones, documentos o acuerdos que tienen que ver con la Cámara; Fracción recorrida DOF 18-12-2015 IX. Iniciativa: Es el acto jurídico por el cual da inicio el proceso legislativo; Fracción recorrida DOF 18-12-2015 X. Iniciativa preferente: Es la que presenta el Ejecutivo Federal en términos de lo señalado por el segundo párrafo del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Fracción adicionada DOF 31-12-2012. Recorrida DOF 18-12-2015 XI. Legislatura: Es el periodo durante el cual funciona la Cámara, que será de tres años, contados a partir de su instalación; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XII. Licencia: Es la autorización concedida por la Cámara, a la solicitud presentada por el diputado o diputada para separarse del ejercicio de su cargo; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XIII. Mayoría absoluta: Es el resultado de la suma de diputadas y diputados o votos que representen, cuando menos, la mitad más uno de los presentes; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XIV. Mayoría calificada: Es el resultado de la suma de diputadas y diputados o votos que representa, cuando menos, las dos terceras partes de los presentes; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XV. Mayoría simple: Es el resultado de la suma de votos de los presentes, que constituye la cantidad superior frente a otra u otras opciones; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XVI. Minuta: Es el proyecto de ley o de decreto que se recibe de la Cámara de Senadores o que se envía a ella, en cualquiera de las etapas del proceso legislativo; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XVII. Orden del día: Es el listado de asuntos que formula la Mesa Directiva o la Junta Directiva para ser tratados en una Sesión o Reunión; Fracción reformada DOF 20-04-2011. Recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XVIII. Permiso: Es la autorización de un órgano de la Cámara para que alguno de sus integrantes pueda retirarse de una Sesión o Reunión; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XIX. Pleno: Es la Asamblea general de la Cámara de Diputados; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XX. Proposición con punto de acuerdo: Es una petición para que la Cámara asuma una postura institucional respecto a un asunto no legislativo; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2025 4 de 146 XXI. Quórum: Es el número mínimo de diputados y diputadas requerido para que el Pleno, las comisiones y los comités puedan abrir sus sesiones y reuniones respectivamente, así como para realizar votaciones nominales. Este número equivale a la mitad más uno del total de sus integrantes; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XXII. Reunión: Es la asamblea que realiza cada órgano de la Cámara; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XXIII. Sesión: Es la asamblea de los integrantes de la Cámara en Pleno; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XXIV. Suplencia: Es el mecanismo de ocupación del cargo de diputado o diputada, que se presenta cuando el propietario fallece, está imposibilitado física o jurídicamente, o bien, manifiesta a través actos u omisiones, su decisión de no aceptar el cargo o de obtener licencia; Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XXV. Turno: Es la resolución de trámite que dicta el Presidente, durante las sesiones, para enviar los asuntos que se presentan en el Pleno a la instancia respectiva, con el fin de darles el curso legal que corresponda dentro del procedimiento, y Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015 XXVI. Vacante: Es la declaración hecha por la Cámara sobre la situación de ausencia en el ejercicio del cargo de diputado o diputada propietario y suplente. Fracción recorrida DOF 31-12-2012, 18-12-2015

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.