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Artículo 674 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 674 fue eliminado de la ley desde el 9 de agosto de 1999, por lo que ya no existe ni se aplica en ningún caso. "Derogar" significa que se quitó o canceló oficialmente ese texto legal. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto.

Texto oficial

ARTICULO 674.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.