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Artículo 929 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido porque fue eliminado (derogado) el 9 de agosto de 1999. En México, cuando una ley se deroga, significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si se hubiera borrado del código. No hay que tomarlo en cuenta para ningún trámite o situación jurídica actual.

Texto oficial

ARTICULO 929.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 83) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.