"Si no cumples tus metas en 60 días no te pagamos liquidación": ¿es cierto?
Casi siempre es falso. La ley sí permite un periodo de prueba sin liquidación, pero con condiciones muy específicas. Si no se cumplen, el despido sigue siendo injustificado y el patrón debe pagar.
1. "No cumplir metas" no es una causa de despido justificado
La Ley Federal del Trabajo tiene una lista cerrada de causas por las que el patrón puede despedirte sin pagar liquidación. "No alcanzar tus metas de performance" o "no pasar una evaluación interna" no están en esa lista. El patrón puede usarlo como argumento, pero ante un tribunal laboral eso no justifica el despido — y si no hay una causa real de las que señala la ley, el despido es injustificado y procede la liquidación completa: 3 meses + 20 días por año + prima de antigüedad.
2. La excepción real: el periodo de prueba formal
La ley sí contempla un mecanismo donde el patrón puede terminar la relación sin pagar la indemnización de 3 meses + 20 días/año: el periodo de prueba. Pero tiene requisitos muy específicos para ser válido. Si no se cumplen todos, el despido al terminar ese periodo sigue siendo injustificado y el patrón debe pagar la liquidación completa como si nunca hubiera existido ningún periodo de prueba.
3. Requisitos para que un periodo de prueba sea válido
Para que el patrón pueda terminar sin indemnización al final del periodo, deben cumplirse todos estos puntos: Primero, debe estar pactado por escrito desde el inicio de la relación — no puede agregarse después, ni verbalmente, ni en un correo informal. Segundo, el plazo tiene un tope legal: máximo 30 días para trabajadores en general. Para puestos de dirección, gerencia, o trabajo técnico o profesional especializado, el tope sube a 180 días. Un "plan de 60 días de performance" que no diga explícitamente que es un periodo de prueba conforme a la LFT no cumple este requisito. Tercero, durante ese periodo el trabajador disfruta de todas sus prestaciones normales: salario completo, IMSS, vacaciones proporcionales, aguinaldo proporcional. No es un periodo sin derechos. Cuarto, el patrón debe haber evaluado de forma real y documentada si el trabajador tiene las capacidades para el puesto. No puede simplemente decir "no pasó" sin evidencia.
4. La pregunta clave: ¿firmaste algo específico al entrar?
Si al firmar tu contrato o al inicio de tu trabajo no aparecía la palabra "periodo de prueba" con referencia a la LFT, lo que tu empresa llama "evaluación de 60 días" o "periodo de performance" es un proceso interno sin efectos legales especiales. No importa cómo lo llamen en RH o en el manual de empleados: si no está en un documento firmado que cumpla los requisitos del artículo 39-A, el patrón no puede usarlo para evitar pagarte la liquidación. Si firmaste algo, revisa: ¿dice explícitamente "periodo de prueba"? ¿Cuántos días dice? ¿Lo firmaste antes de empezar a trabajar o después? Si lo firmaste después de ya estar trabajando, puede ser inválido.
5. Si el periodo de prueba sí es válido: qué cambia y qué no
Si el patrón cumplió todos los requisitos y el despido ocurre dentro del plazo legal, puede terminar sin pagar los 3 meses + 20 días/año. Pero aun así debe pagarte el finiquito completo: los días trabajados, vacaciones proporcionales, prima vacacional proporcional y aguinaldo proporcional. Lo que no puede hacer durante el periodo de prueba: no darte de alta en el IMSS, pagarte menos del salario acordado, o dejarte sin prestaciones con el argumento de que "todavía estás a prueba". Eso sería ilegal independientemente de si el periodo de prueba es válido o no.
6. Si ya llevas meses o años trabajando: el periodo de prueba no aplica en absoluto
El periodo de prueba solo puede pactarse al inicio de la relación laboral, antes de que el trabajador empiece a prestar servicios. Si ya llevas semanas, meses o años en la empresa, ese mecanismo no existe para tu situación — sin importar lo que diga RH, el manual o cualquier evaluación interna. Si te amenazan con un "plan de mejora de 60 días" después de años de trabajo, eso no tiene ningún efecto legal especial. Si al final de ese plazo te despiden por "no cumplir metas", el despido sigue siendo injustificado y te deben la liquidación completa calculada sobre todos tus años de antigüedad: 3 meses de salario + 20 días por cada año trabajado + prima de antigüedad (12 días por año) + finiquito. Tres cosas que conviene hacer desde ahora si estás en esa situación: guarda todos los emails, evaluaciones y mensajes de RH donde aparezcan las metas y los resultados; no firmes ningún documento sin leerlo con calma (y si puedes, con un profesional); y recuerda que el plazo para demandar es de 2 meses a partir del despido — ese reloj no espera mientras negocias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Cada caso tiene detalles propios — consulta siempre el texto oficial citado y, si lo necesitas, a un profesional.