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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/160071

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 5 de octubre de 2011, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 366/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

II.1o.A.177 A (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
160071
Clave de tesis
II.1o.A.177 A (9a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, Junio de 2012; Tomo 2; Pág. 877

INTERVENTOR CON CARGO A LA CAJA. NO ES REQUISITO QUE SE IDENTIFIQUE ANTE LA PERSONA CON QUIEN SE LLEVA A CABO LA DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO, PARA CUMPLIR CON LA GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 16 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, Junio de 2012; Tomo 2; Pág. 877

Precedentes

Amparo en revisión 124/2011. Microtunel, S.A. de C.V. 2 de junio de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Jacob Troncoso Ávila. Secretaria: Elizabeth Valderrama López. Nota: Por ejecutoria del 5 de octubre de 2011, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 366/2011 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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