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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 28 de noviembre de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 372/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

II.2o.A.52 A (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Administrativa, Común
Registro digital (IUS)
160095
Clave de tesis
II.2o.A.52 A (9a.)
Tipo
Tesis Aislada
Época
10a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa, Común
Fuente
[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, Junio de 2012; Tomo 2; Pág. 793

ACUERDO DE CABILDO QUE APRUEBA LA REDUCCIÓN DE SUELDO A SUS INTEGRANTES. NO CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO).

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, Junio de 2012; Tomo 2; Pág. 793

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 84/2011. 12 de mayo de 2011. Mayoría de votos. Disidente: Arturo César Morales Ramírez. Ponente: Hugo Guzmán López. Secretario: Carlos Alberto Chávez López. Amparo en revisión (improcedencia) 208/2011. 18 de agosto de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Mónica Alejandra Soto Bueno, Jueza de Distrito en el cargo de Magistrada de Circuito. Secretario: José Refugio Gallegos Morales. Amparo en revisión 186/2011. 18 de agosto de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Mónica Alejandra Soto Bueno, Jueza de Distrito en el cargo de Magistrada de Circuito. Secretario: José Refugio Gallegos Morales. Nota: Por ejecutoria del 28 de noviembre de 2012, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 372/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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