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V.2o.P.A.37 P (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaT.C.C.Constitucional, Penal

VIOLACIÓN EQUIPARADA. EL ARTÍCULO 219, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE SONORA, AL EMPLEAR LA EXPRESIÓN "CUALQUIER OTRA CAUSA" PARA DETERMINAR EL MOTIVO POR EL CUAL EL SUJETO PASIVO NO PUDO OPONER RESISTENCIA, NO VULNERA LA GARANTÍA DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL PREVISTA EN EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro II, Noviembre de 2011; Tomo 1; Pág. 741

Precedentes

Amparo directo 198/2011. 20 de junio de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Federico Rodríguez Celis. Secretaria: Yuriko Oyuky Jashimoto Cuesta. Nota: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia en términos del punto 11 del capítulo primero del título cuarto del Acuerdo Número 5/2003 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las Reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte .

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