Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
2a. LXXVIII/2011 (9a.)Tesis Aislada10a. ÉpocaS.C.J.N.Común

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA. LA DEVOLUCIÓN DE LOS AUTOS AL ÓRGANO JURISDICCIONAL QUE CONOCIÓ Y RESOLVIÓ EL JUICIO DE AMPARO, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTOS Y TRÁMITES INHERENTES AL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA, DEJA SIN EFECTOS EL DICTAMEN DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO (INTERRUPCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 167/2007).

[TA]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro I, Octubre de 2011; Tomo 2; Pág. 1397

Precedentes

Incidente de inejecución 916/2011. Froylán Rodríguez Santiago y otro. 31 de agosto de 2011. Cinco votos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Roberto Rodríguez Maldonado. Notas: La tesis 2a./J. 167/2007 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, septiembre de 2007, página 485. Los Acuerdos Generales 5/2001 y 12/2009 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación citados, aparecen publicados en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XIV, julio de 2001 y XXX, diciembre de 2009, páginas 1161 y 1687, respectivamente. Sobre el tema tratado en esta tesis, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitió la jurisprudencia 2a./J. 134/2012 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XIII, Tomo 3, octubre de 2012, página 1342, de rubro: " INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA. LA DEVOLUCIÓN DE LOS AUTOS AL ÓRGANO JURISDICCIONAL QUE CONOCIÓ Y RESOLVIÓ EL JUICIO DE AMPARO, PARA REALIZAR ACTOS Y TRÁMITES INHERENTES AL CUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA, DEJA SIN EFECTOS EL DICTAMEN DEL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO (INTERRUPCIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 167/2007) ."