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I.9o.P.5 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

ACTO CONSENTIDO EN LA REVISIÓN. LO CONSTITUYE EL HECHO DE IMPUGNAR LA GARANTÍA FIJADA PARA QUE SURTA EFECTOS LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA, PERO A SU VEZ EL AGRAVIADO LA EXHIBE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Mayo de 2011; Pág. 1007

Precedentes

Incidente de suspensión (revisión) 3/2011. 27 de enero de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Hernández Piña. Secretario: Daniel Dámaso Castro Vera. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 299/2017 de la Primera Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 31/2018 (10a.) de título y subtítulo: " SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. LA EXHIBICIÓN DE LA GARANTÍA FIJADA COMO REQUISITO DE EFECTIVIDAD NO IMPLICA SU CONSENTIMIENTO, NI LA IMPOSIBILIDAD DE IMPUGNARLA ."

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