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XIX.1o.P.T. J/13 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

DEMANDA DE AMPARO DIRECTO. SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE OMITE CUMPLIR CON ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES PROCESALES PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 163 Y 167 A 169 DE LA LEY DE AMPARO, DEBERÁ SER SANCIONADA CON MULTA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Enero de 2011; Pág. 2935

Precedentes

Amparo directo 341/2010. Instituto Mexicano del Seguro Social. 27 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretario: Aurelio Márquez García. Amparo directo 72/2010. Nereyda Escobar Vázquez. 24 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretario: Aurelio Márquez García. Amparo directo 131/2010. Carlos Jesús Quintana Ramírez. 24 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretario: Alfonso B. Morales Arreola. Amparo directo 125/2010. Banorte Generali, S.A. de C.V. 8 de julio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretario: Aurelio Márquez García. Amparo directo 153/2010. Raymundo Ávalos Castillo. 8 de julio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Emmanuel G. Rosales Guerrero. Secretario: Jorge A. de León Izaguirre.