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1a./J. 132/2009Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

PRUEBAS TESTIMONIAL, PERICIAL Y DE INSPECCIÓN OCULAR EN EL JUICIO DE AMPARO. PARA EL CÓMPUTO DEL PLAZO PARA SU OFRECIMIENTO DEBEN CONSIDERARSE COMO HÁBILES LOS DÍAS DECLARADOS INHÁBILES EN EL INCISO C) DEL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO GENERAL 10/2006 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Marzo de 2010; Pág. 610

Precedentes

Contradicción de tesis 181/2009. Entre las sustentadas por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, todos del Primer Circuito. 11 de noviembre de 2009. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Jesús Antonio Sepúlveda Castro. Tesis de jurisprudencia 132/2009. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha dieciocho de noviembre de dos mil nueve.

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