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1a./J. 1/2010 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. DEBEN DEVOLVERSE LOS AUTOS AL JUEZ DE DISTRITO SI ÉSTE NO AGOTÓ EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 104 Y 105 DE LA LEY DE AMPARO.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Febrero de 2010; Pág. 39

Precedentes

Incidente de inejecución 301/2008. **********. 28 de mayo de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Etienne Luquet Farías. Incidente de inejecución 161/2005. Francisco de Burgos Kawas. 25 de febrero de 2009. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: Paola Yaber Coronado. Incidente de inejecución 730/2008. Safdkiel, S.C. 25 de febrero de 2009. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: Paola Yaber Coronado. Incidente de inejecución 409/2009. Mario Tomás Fernández Tenorio. 10 de junio de 2009. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: María Isabel Castillo Vorrath. Incidente de inejecución 536/2009. Ismael Zenil Fajardo. 2 de septiembre 2009. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: María Isabel Castillo Vorrath. Tesis de jurisprudencia 1/2010. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de dos de diciembre de dos mil nueve.