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2a./J. 125/2009Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

PERSONALIDAD EN EL JUICIO LABORAL. LAS FIRMAS O RÚBRICAS DE LOS TESTIGOS QUE SUSCRIBEN LA CARTA PODER CON LA CUAL SE ACREDITA AQUÉLLA PUEDEN OBJETARSE.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Septiembre de 2009; Pág. 672

Precedentes

Contradicción de tesis 232/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito y Décimo Tercero en Materia de Trabajo del Primer Circuito. 12 de agosto de 2009. Cinco votos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretaria: Martha Elba Hurtado Ferrer. Tesis de jurisprudencia 125/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecinueve de agosto de dos mil nueve. Nota: Por ejecutoria del ocho de mayo de dos mil trece, la Segunda Sala declaró infundada la solicitud de modificación de jurisprudencia 13/2013 derivada de la solicitud de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, toda vez que estimó innecesario modificar la presente tesis jurisprudencial al tenor de las razones expuestas en la solicitud respectiva.

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