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III.2o.T.19 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

PERSONALIDAD. EFICACIA DE LA CARTA PODER EN MATERIA DE TRABAJO, AUN CUANDO NO SE PRECISE EN ELLA A LA PERSONA QUE SE VA A DEMANDAR.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XII, Septiembre de 2000; Pág. 787

Precedentes

Amparo directo 646/99. Antonio Ortiz Toquero. 8 de junio de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretario: José N. Ariel Cabanillas Lugo. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, agosto de 1997, página 680, tesis I.4o.T.44 L, de rubro: " CARTA PODER. NO PUEDEN EXIGIRSE MÁS REQUISITOS QUE LOS ESTABLECIDOS EN LA LEY (ARTÍCULO 692, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO ).".

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