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XXXI.4 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal

FRAUDE PREVISTO EN EL ARTÍCULO 362 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE CAMPECHE. SE ACTUALIZA ESTE DELITO POR EL ENGAÑO QUE REALIZA EL ACTIVO O POR EL ERROR EN QUE SE ENCUENTRA EL SUJETO PASIVO, COMO CONDUCTAS ALTERNATIVAS NO CONCOMITANTES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Agosto de 2009; Pág. 1609

Precedentes

Amparo directo 146/2009. 8 de julio de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: David Alberto Barredo Villanueva. Secretaria: Ivette Caballero Rodríguez. Nota: Por ejecutoria del 11 de noviembre de 2015, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 61/2015 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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