XVI.1o.A.T.29 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE. LA OMISIÓN DE INFORMAR EL DERECHO PARA CORREGIR SU SITUACIÓN FISCAL, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 2o., FRACCIÓN XIII, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO INVALIDA LA ACTUACIÓN DE LA AUTORIDAD Y SÓLO DA LUGAR A FINCAR RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA AL SERVIDOR PÚBLICO QUE INCURRIÓ EN ESA CONDUCTA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Abril de 2009; Pág. 1883
El artículo
2o. de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente
prescribe un listado de éstos, entre los que se encuentra el previsto en su fracción XIII, relativo a corregir su situación fiscal con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación que lleven a cabo las autoridades fiscales. Por su parte, el tercer párrafo de la fracción XII del mencionado precepto precisa que el no informar al contribuyente sobre sus derechos y obligaciones no invalida las actuaciones que lleve a cabo la autoridad y únicamente dará lugar a que se finque responsabilidad administrativa al servidor público que incurrió en dicha conducta. Consecuentemente, aun cuando la autoridad hacendaria no dé a conocer al contribuyente la posibilidad que tiene de corregir su situación fiscal, dicha omisión no afecta la validez del procedimiento fiscalizador, pues aquél está en condiciones de ejercer ese derecho desde el inicio de las atribuciones de revisión y hasta antes de que se le notifique el crédito fiscal. Además, el artículo
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de la referida ley precisa que ese beneficio no está sujeto a autorización alguna, lo que significa que opera de pleno derecho y por disposición expresa de la ley.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 371/2008. Jefe del Servicio de Administración Tributaria. 5 de diciembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Estrada Jungo. Secretario: Erubiel Ernesto Gutiérrez Castillo.