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2a./J. 55/2002 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

DEMANDA. SU DESECHAMIENTO PARCIAL SIN ULTERIOR RECURSO ES RECLAMABLE EN AMPARO INDIRECTO, POR SER UN ACTO DE EJECUCIÓN IRREPARABLE DENTRO DEL JUICIO.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Marzo de 2009; Pág. 446

Precedentes

Contradicción de tesis 21/99-PL. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito. 17 de mayo de 2002. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: José Luis Rafael Cano Martínez. Tesis de jurisprudencia 55/2002. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del once de marzo de dos mil nueve. Nota: En términos de la resolución de veinticinco de febrero de dos mil nueve, pronunciada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el expediente de solicitud de aclaración de la jurisprudencia 2a./J. 55/2002, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, julio de 2002, página 210 , se publica nuevamente la jurisprudencia citada, con la aclaración en el texto ordenada por la propia Sala.

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