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VI.2o.C.639 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
168368
Clave de tesis
VI.2o.C.639 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Diciembre de 2008; Pág. 985

CONCILIACIÓN. LA RESOLUCIÓN QUE LA DECLARA FRACASADA POR INCOMPARECENCIA DEL DEMANDADO, DEBIDO A LA OMISIÓN O ILEGAL CITACIÓN A LA AUDIENCIA RESPECTIVA, ES UN ACTO DENTRO DE JUICIO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, IMPUGNABLE MEDIANTE EL AMPARO INDIRECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Diciembre de 2008; Pág. 985

Precedentes

Amparo en revisión 291/2008. Anselma Castillo Mercado. 2 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretaria: María del Rocío Chacón Murillo.

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