II.2o.P.236 PTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
COMPETENCIA FEDERAL. SE SURTE CUANDO LA COMISIÓN DE UN DELITO RECAE EN LOS BIENES DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO LUZ Y FUERZA DEL CENTRO, DESTINADOS A LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PÚBLICO FEDERAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Noviembre de 2008; Pág. 1337
En términos del artículo
50, fracción I, inciso i), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
, compete a los Jueces Federales Penales conocer de los delitos del orden federal perpetrados en contra del funcionamiento de un servicio público federal o en menoscabo de los bienes afectados a la satisfacción de dicho servicio, aunque éste se encuentre descentralizado o concesionado. En tal virtud, si con la comisión de un ilícito se ocasionó un menoscabo en los bienes destinados a la prestación de un servicio público federal (robo de un transformador), propiedad del organismo público descentralizado denominado Luz y Fuerza del Centro, cuyo principal objetivo conforme a los artículos
27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
es generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica para la prestación del servicio público, es incuestionable que se configura un delito del orden federal, por tratarse de un bien afecto a la satisfacción de un servicio de ese ámbito, sin que sea necesario determinar la naturaleza de dichos bienes, esto es, si forman o no parte de la Federación, pues el carácter federal deriva de que el bien al que recayó la conducta típica sea apto para la prestación del servicio y con independencia de que al momento de la comisión del delito estuviere o no en funcionamiento.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Competencia 9/2008. Suscitada entre el Juzgado Tercero de Distrito, con residencia en Naucalpan de Juárez y el Juzgado Sexto Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, ambos en el Estado de México. 15 de junio de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Pérez Lozano. Secretario: Fausto Amador Martínez Cruz.