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1a./J. 100/2007 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

PENAS PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD. CORRESPONDE A LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL LA APLICACIÓN RETROACTIVA EN BENEFICIO DEL REO DE LOS ARTÍCULOS 25, PÁRRAFO SEGUNDO Y 64, PÁRRAFO SEGUNDO, DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, PARA MODIFICAR EL QUÁNTUM DE AQUÉLLAS, AUN CUANDO ESTÉ EN EJECUCIÓN LA SENTENCIA.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Agosto de 2008; Pág. 26

Precedentes

Aclaración de sentencia en la contradicción de tesis 2/2007-PS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito. 11 de junio de 2008. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Nínive Ileana Penagos Robles. Tesis de jurisprudencia 100/2007. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal al resolver, por unanimidad de votos, la aclaración de sentencia en la contradicción de tesis 2/2007-PS, en sesión de fecha once de junio de dos mil ocho. Notas: Por resolución de 11 de junio de 2008, pronunciada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el expediente de aclaración de sentencia en la contradicción de tesis 2/2007-PS, se aclaró la tesis de jurisprudencia 1a./J. 100/2007 , que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, agosto de 2007, página 241, para quedar redactada en los términos que aquí se establece. La parte conducente de la ejecutoria relativa a la contradicción de tesis 38/2006-PS citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, mayo de 2007, página 453.

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