I.6o.T. J/93Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
AMPARO DIRECTO. SI EL QUEJOSO PROMUEVE DOS DEMANDAS CONTRA EL MISMO LAUDO, EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO PUEDE DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO EN ALGUNA DE ELLAS SI CONSIDERA QUE AGOTÓ LA LITIS CONSTITUCIONAL DE AMBAS.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Agosto de 2008; Pág. 788
Si el quejoso promueve dos demandas de amparo directo en contra del mismo laudo, el Tribunal Colegiado de Circuito que tenga conocimiento de ambas puede sobreseer en alguna de ellas, si al emitir la ejecutoria en uno de los citados juicios estima que agotó la litis constitucional planteada por el peticionario de garantías en ambas demandas.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 956/91. Mario Chávez Patiño. 28 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira.
Amparo directo 3466/2003. María Edith Ponce Márquez. 15 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretario: Miguel Ángel Burguete García.
Amparo directo 4086/2003. Elsa Patricia Chávez Ochoa. 22 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: Ricardo Trejo Serrano.
Amparo directo 9266/2003. José Alfredo Briones García. 25 de septiembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: Ricardo Trejo Serrano.
Amparo directo 240/2008. Hilario Oliva Ramírez. 3 de abril de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: Edgar Hernández Sánchez.
Nota: Por ejecutoria del 21 de marzo de 2013, el Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 307/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.