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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 7 de enero de 2010, el Tribunal Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 47/2008-PL en que participó el presente criterio.

1a. LV/2008 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
Registro digital (IUS)
169344
Clave de tesis
1a. LV/2008
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Julio de 2008; Pág. 455

COMPETENCIA PARA CONOCER DEL IMPEDIMENTO DE DOS O MÁS MAGISTRADOS DE CIRCUITO INTEGRANTES DEL MISMO TRIBUNAL. SE SURTE A FAVOR DEL TRIBUNAL COLEGIADO MÁS PRÓXIMO, CONFORME A LOS ARTÍCULOS 36 Y 37, FRACCIÓN VII, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Julio de 2008; Pág. 455

Precedentes

Reclamación 23/2008-PL. Ejido Creel, Municipio de Bocoyna, Estado de Chihuahua. 2 de abril de 2008. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: Miriam Flores Aguilar. Nota: Por ejecutoria de fecha 7 de enero de 2010, el Tribunal Pleno declaró inexistente la contradicción de tesis 47/2008-PL en que participó el presente criterio.

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