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IX.3o.8 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

CONFESIÓN EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. CUANDO SE OFRECE A CARGO DE UNA PERSONA FÍSICA NO DEBE DESAHOGARSE POR CONDUCTO DE APODERADO CON CLÁUSULA ESPECIAL PARA ABSOLVER POSICIONES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Mayo de 2008; Pág. 1029

Precedentes

Amparo directo 774/2007. Esther Arámbula Garibay. 28 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Sierra López. Secretaria: María Gabriela Ruiz Márquez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 61/2008-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 149/2008, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, octubre de 2008, página 446, con el rubro: " PRUEBA CONFESIONAL. SU DESAHOGO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL TRATÁNDOSE DE PERSONAS FÍSICAS, DEBE EFECTUARSE PERSONALMENTE Y NO A TRAVÉS DE APODERADO LEGAL ."

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