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III.2o.A.167 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

ASEGURAMIENTO DE CUENTAS BANCARIAS. EL INTERÉS JURÍDICO PARA RECLAMAR EN AMPARO DICHA MEDIDA PRECAUTORIA, SE ACREDITA CON LOS RESPECTIVOS CONTRATOS DE CUENTA CORRIENTE CELEBRADOS ENTRE EL QUEJOSO Y LA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO CORRESPONDIENTE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Abril de 2008; Pág. 2296

Precedentes

Amparo en revisión 117/2007. Jefe del Área de Fiscalización de la Delegación en Jalisco del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 21 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Gómez Verónica. Secretario: Guillermo García Tapia. Nota: Por ejecutoria del 12 de junio de 2013, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 121/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Por ejecutoria del 24 de septiembre de 2014, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 236/2014 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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