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P. XXI/2008Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

EXTRADICIÓN INTERNACIONAL. LOS ARTÍCULOS 24, 25, 27, PRIMER PÁRRAFO, Y 30 DE LA LEY RELATIVA, NO VIOLAN LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Febrero de 2008; Pág. 15

Precedentes

Amparo en revisión 828/2005. María Asunción Gorrochategui Vázquez y otros. 6 de abril de 2006. Once votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Marco Antonio Cepeda Anaya. El Tribunal Pleno, el catorce de enero en curso, aprobó, con el número XXI/2008, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a catorce de enero de dos mil ocho.