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I.3o.T.172 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA REALIZADO POR EL TRABAJADOR RESPECTO DE UNO DE LOS CODEMANDADOS INCIDE EN TODOS LOS DEMÁS, POR RESULTAR IMPOSIBLE EL DICTADO DE UN LAUDO QUE NO COMPRENDA A TODAS LAS PARTES QUE COMPONEN UNA RELACIÓN JURÍDICO-PROCESAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Agosto de 2007; Pág. 1684

Precedentes

Amparo directo 3903/2007. Duro Felguera, S.A. 8 de junio de 2007. Mayoría de votos. Disidente: Héctor Arturo Mercado López. Ponente: Alicia Rodríguez Cruz. Secretario: Sergio Javier Molina Martínez. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 414/2009 , resuelta por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión celebrada el trece de enero de dos mil diez, en la cual se determinó que no existe la contradicción de criterios sustentados, por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito y el pronunciado por los Tribunales Colegiados Noveno y Tercero, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito, por el contrario que sí existe contradicción de tesis entre los criterios sustentados por los Tribunales Colegiados Noveno y Tercero, ambos en Materia de Trabajo del Primer Circuito. De esta contradicción de tesis derivó la tesis 2a./J. 13/2010, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, febrero de 2010, página 133, con el rubro: " LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO EN MATERIA LABORAL. EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA RESPECTO DE UNO O VARIOS LITISCONSORTES BENEFICIA A LOS DEMÁS, YA QUE LA AUTORIDAD DEL TRABAJO ESTÁ IMPOSIBILITADA LEGALMENTE PARA EMITIR EL LAUDO RESPECTIVO CUANDO NO ESTÁ DEBIDAMENTE INTEGRADA LA RELACIÓN PROCESAL ."

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