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2a. LXXXIX/2007Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. PROCEDE DESECHARLA CUANDO LOS PLANTEAMIENTOS DE LA QUEJOSA SE HAGAN RESPECTO DE UNA NORMA CONSENTIDA.

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Julio de 2007; Pág. 382

Precedentes

Amparo directo en revisión 771/2007. Ingenio de Puga, S.A. de C.V. 13 de junio de 2007. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Bertín Vázquez González. Nota: El Acuerdo Número 5/1999, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, julio de 1999, página 927.

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