Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/172194

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 24 de agosto de 2011, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 116/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

IV.2o.C.57 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
172194
Clave de tesis
IV.2o.C.57 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Junio de 2007; Pág. 1113

JUICIO ORDINARIO MERCANTIL. PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA DEL CRÉDITO RECLAMADO, EL ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO POR CONTADOR PÚBLICO DEBE REUNIR LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO (APLICACIÓN EXTENSIVA DE LA JURISPRUDENCIA 3a./J. 15/94).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Junio de 2007; Pág. 1113

Precedentes

Amparo directo 323/2005. José Guadalupe Gómez González y otra. 5 de enero de 2006. Mayoría de votos. Disidente: Juan Manuel Rochín Guevara. Ponente: José Gabriel Clemente Rodríguez. Secretario: Guillermo Erik Silva González. Nota: Por ejecutoria del 24 de agosto de 2011, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 116/2011, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia civil

Registro digital (IUS): 172194