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III.5o.C.112 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
173372
Clave de tesis
III.5o.C.112 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Febrero de 2007; Pág. 1629

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN MATERIA MERCANTIL. LA INTERRUMPE LA CONSTANCIA EN LA QUE EL SECRETARIO EJECUTOR ASIENTA LAS RAZONES POR LAS QUE NO FUE POSIBLE EMPLAZAR AL DEMANDADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Febrero de 2007; Pág. 1629

Precedentes

Amparo directo 491/2006. Corporativo Planificado de Vivienda, S.A. de C.V. 15 de noviembre de 2006. Mayoría de votos. Disidente: Alicia Guadalupe Cabral Parra. Ponente: Enrique Dueñas Sarabia. Secretaria: María Elvia Cano Celestino. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 9/2007-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 108/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, septiembre de 2007, página 5, con el rubro: " CADUCIDAD DE LA INSTANCIA EN MATERIA MERCANTIL. LA CONSTANCIA LEVANTADA POR EL NOTIFICADOR DEL JUZGADO REFERENTE A LA IMPOSIBILIDAD DE EMPLAZAR AL DEMANDADO, NO INTERRUMPE EL TÉRMINO PARA QUE OPERE AQUÉLLA ."

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