VII.1o.A.T.48 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
INSUMISIÓN AL ARBITRAJE. LA RESOLUCIÓN DE LA JUNTA QUE DIRIME EL INCIDENTE RELATIVO EN LA QUE EXIME AL PATRÓN DE REINSTALAR AL TRABAJADOR Y ORDENA LA CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN RELACIÓN CON PRESTACIONES DESVINCULADAS DE LA REINSTALACIÓN Y PAGO DE SALARIOS, NO ES RECLAMABLE EN AMPARO DIRECTO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Septiembre de 2006; Pág. 1490
La resolución de la Junta que dirime un incidente de insumisión al arbitraje en la que determina, por una parte, que se surte alguno de los supuestos previstos en el artículo
49 de la Ley Federal del Trabajo
para que al patrón se le exima de reinstalar al trabajador; y, por otra, ordena la continuación del procedimiento respecto de prestaciones desvinculadas de la reinstalación y del pago de salarios, no encuadra en la hipótesis de procedencia del amparo directo prevista en el artículo
107, fracción V, inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, en relación con los numerales
44, 46 y 158 de la Ley de Amparo
, toda vez que dicha resolución no pone fin al juicio ni lo da por concluido, aun cuando no admita recurso o medio ordinario de defensa; de ahí que contra ella proceda el amparo indirecto.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 127/2006. Carlos Alberto Santos Montelongo. 10 de julio de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Francisco Reynaud Carús. Secretario: Juan Carlos Moreno Correa.