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XXI.2o.P.A.40 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

SEGURO SOCIAL. LOS ARTÍCULOS 251, FRACCIÓN XV, DE LA LEY RELATIVA Y 22 DEL REGLAMENTO PARA EL PAGO DE CUOTAS VIGENTE HASTA EL 1o. DE NOVIEMBRE DE 2002, AL NO PREVER QUE DEBA NOTIFICARSE AL GOBERNADO EL INICIO DE LA FACULTAD A QUE SE REFIEREN, NI LA TEMPORALIDAD EN QUE ÉSTA DEBE LLEVARSE A CABO, NO INFRINGEN LAS GARANTÍAS DE INVIOLABILIDAD DOMICILIARIA Y SEGURIDAD JURÍDICA TUTELADAS POR EL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Agosto de 2006; Pág. 2339

Precedentes

Amparo directo 32/2006. Real Mar, S.A. de C.V. 20 de abril de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Mario Alejandro Nogueda Radilla. Nota: El criterio contenido en esta tesis no es obligatorio ni apto para integrar jurisprudencia en términos del punto 11 del capítulo primero del título cuarto del Acuerdo Número 5/2003 del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veinticinco de marzo de dos mil tres, relativo a las Reglas para la elaboración, envío y publicación de las tesis que emiten los órganos del Poder Judicial de la Federación, y para la verificación de la existencia y aplicabilidad de la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte .

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