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VII.2o.C. J/23Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

DESECHAMIENTO O SOBRESEIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. NO IMPLICA DENEGACIÓN DE JUSTICIA NI GENERA INSEGURIDAD JURÍDICA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Julio de 2006; Pág. 921

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 336/2004. Martiniano Santos Andrade. 2 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Isidro Pedro Alcántara Valdés. Secretario: Mario de la Medina Soto. Amparo en revisión (improcedencia) 392/2004. Gracia López Hernández. 7 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel de Alba de Alba. Secretario: Omar Liévanos Ruiz. Amparo en revisión 189/2005. Alfredo Paz Solabac. 3 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Romero Montalvo. Secretario: Mario de la Medina Soto. Amparo en revisión (improcedencia) 252/2005. Espiridión Rosas Castillo y/o Espiridión Contreras Pérez. 29 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Romero Montalvo. Secretario: Mario de la Medina Soto. Amparo en revisión (improcedencia) 78/2006. Blanca Libia Báez García. 9 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Romero Montalvo. Secretario: Mario de la Medina Soto.