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P./J. 49/2006Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

FISCALÍA CONTRA DELITOS ELECTORALES DEL ESTADO DE NAYARIT. LA FALTA DE AVISO AL GOBERNADOR DE LA SESIÓN EN QUE SE DISCUTIERON SUS OBSERVACIONES AL DECRETO 8592, MEDIANTE EL QUE SE CREÓ AQUÉLLA, NO TRASCIENDE DE MANERA FUNDAMENTAL A LA NORMA, CUANDO SE HAYA CUMPLIDO CON LA FINALIDAD DE DARLE PARTICIPACIÓN.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Abril de 2006; Pág. 819

Precedentes

Controversia constitucional 8/2005. Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit. 9 de enero de 2006. Mayoría de diez votos. Disidente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Makawi Staines Díaz. El Tribunal Pleno, el veintiocho de febrero en curso, aprobó, con el número 49/2006, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a veintiocho de febrero de dos mil seis.

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