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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/175455

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 28 de junio de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 49/2006-PS en que participó el presente criterio.

XX.2o.32 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
175455
Clave de tesis
XX.2o.32 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Marzo de 2006; Pág. 2101

REPOSICIÓN. ES IMPROCEDENTE ESE RECURSO CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE TIENE POR DESIERTO EL DIVERSO DE APELACIÓN Y, POR TANTO, EN SU CONTRA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Marzo de 2006; Pág. 2101

Precedentes

Amparo directo 302/2005. Severino Hernández Pérez. 25 de enero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arteaga Álvarez. Secretario: Jorge Alberto Camacho Pérez. Nota: Por ejecutoria de fecha 28 de junio de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 49/2006-PS en que participó el presente criterio.

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