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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 1 de junio de 2016, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 82/2016 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

XXI.1o.P.A.47 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
176659
Clave de tesis
XXI.1o.P.A.47 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Noviembre de 2005; Pág. 918

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. LA RECLAMACIÓN INTERPUESTA CONTRA EL AVISO-RECIBO QUE EXPIDE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD NO INTERRUMPE EL TÉRMINO DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO, SI CONTRA TAL ACTO TAMBIÉN SE INTERPONE ÉSTA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Noviembre de 2005; Pág. 918

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 350/2005. Edmundo Nava de la Cruz. 1o. de septiembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Carreón Hurtado. Secretaria: Gloria Avecia Solano. Nota: Por ejecutoria del 1 de junio de 2016, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 82/2016 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

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