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XXI.2o.P.A.23 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

COMPETENCIA. LA INTERLOCUTORIA QUE NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR RESPECTO DEL EMBARGO DE BIENES SUJETOS A REMATE, CONSTITUYE UN ACTO DECLARATIVO CON EFECTOS POSITIVOS QUE DEBE CONOCER EL JUEZ DE DISTRITO EN CUYA JURISDICCIÓN DEBAN EJECUTARSE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Noviembre de 2005; Pág. 846

Precedentes

Competencia 6/2005. Suscitada entre los Juzgados Cuarto y Quinto de Distrito en el Estado de Guerrero. 25 de agosto de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Mario Alejandro Nogueda Radilla.

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