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2a./J. 121/2005Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

TERCEROS PERJUDICADOS EN EL JUICIO DE AMPARO. ES LEGAL LA NOTIFICACIÓN QUE SE LES PRACTIQUE POR CONDUCTO DEL REPRESENTANTE COMÚN DESIGNADO EN EL JUICIO NATURAL.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 953

Precedentes

Contradicción de tesis 117/2005-SS. Entre las sustentadas por el entonces Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito. 9 de septiembre de 2005. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro David Góngora Pimentel. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: María de la Luz Pineda Pineda. Tesis de jurisprudencia 121/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintitrés de septiembre de dos mil cinco.