IV.3o.A.47 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. CONTRA LA DETERMINACIÓN DEL TITULAR DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL DE IMPONER A AQUÉLLOS ALGUNA DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 135 DE LA LEY ORGÁNICA RELATIVA CUANDO SE ACTUALIZAN LAS CAUSAS DE RESPONSABILIDAD ESTABLECIDAS EN EL NUMERAL 47 DE LA LEY FEDERAL RESPECTIVA, PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 2502
La determinación del titular del órgano jurisdiccional de imponer a un servidor público del Poder Judicial de la Federación alguna de las sanciones administrativas previstas en el artículo
135 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
, derivado de la materialización de las causas de responsabilidad contenidas en el artículo
47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos
, constituye un acto de autoridad al haberse emitido por un órgano público, de modo unilateral y afectar los derechos del funcionario; por tanto, debe estimarse que, como tal, debe encontrarse debidamente fundado y motivado y observarse el principio de previa audiencia y, en tal virtud, no existe razón legal que justifique que tratándose de una determinación administrativa emitida en perjuicio de los derechos de una persona, no sea factible su examen mediante el juicio constitucional, ya que pensar de modo contrario, traería como consecuencia que el afectado quedara en estado de indefensión, por no contar con la posibilidad de que la legalidad de tal acto administrativo sea analizada por un órgano constitucional.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 691/2004. Jesús Humberto Villa López y otro. 7 de abril de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús R. Sandoval Pinzón. Secretario: Pedro Gerardo Álvarez Álvarez del Castillo.