2a. LXXXIX/2005Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
INFONAVIT. LA ADJUDICACIÓN DEL INMUEBLE A FAVOR DE LOS BENEFICIARIOS DEL TRABAJADOR FALLECIDO, DESIGNADOS POR LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, DA LUGAR A SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD POR VIRTUD DE LA FUERZA LEGAL DEL LAUDO QUE ASÍ LO ORDENA.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 363
El laudo pronunciado con motivo de un juicio tramitado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, en el que se declaró la designación de beneficiarios del trabajador fallecido, condenó al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a la liberación de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio que existan a su favor, y ordenó la adjudicación del inmueble libre de aquéllos, constituye una resolución con fuerza ejecutoria dentro del sistema del derecho laboral, en virtud de la jurisdicción que se le atribuye constitucionalmente, por lo que el laudo tiene el carácter de documento público y, en consecuencia, son aplicables los artículos
3005 y 3042 del Código Civil para el Distrito Federal
y
33, 38, 60 y 64 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Distrito Federal
, por lo que procede la inscripción del inmueble adjudicado a los beneficiarios del trabajador fallecido, por así disponerlo el
penúltimo párrafo del artículo 42 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
.
Precedentes
Contradicción de tesis 39/2005-SS. Entre las sustentadas por el Segundo y Cuarto Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo del Primer Circuito. Cinco votos. 8 de julio de 2005. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: María Marcela Ramírez Cerrillo.
Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, pues no se refiere al tema de fondo que se resolvió.