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III.2o.C.93 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

REPOSICIÓN DEL PROCEDIMIENTO. NO PROCEDE CUANDO SE VARÍA LA NATURALEZA DEL JUICIO, Y LAS PARTES CONSIENTEN TAL DETERMINACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Abril de 2005; Pág. 1476

Precedentes

Amparo en revisión 268/2004. 3 de septiembre de 2004. Mayoría de votos. Disidente: Gerardo Domínguez. Ponente: José Guadalupe Hernández Torres. Secretaria: Martha Lucía Lomelí Ibarra.

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