XIX.2o.35 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
SUSTITUCIÓN PATRONAL. SE CONFIGURA TÁCITAMENTE CUANDO EL PATRÓN COMPARECE A JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS Y ES ACEPTADA POR LAS PARTES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Marzo de 2005; Pág. 1251
Aun cuando no exista declaratoria formal en el proceso laboral respecto de la sustitución del patrón, dicha figura se consuma, de manera tácita, cuando aquél comparece a juicio a deducir sus derechos y su incorporación al juicio es aceptada expresa o tácitamente por las partes.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 27/2004. José Cruz Balderas Quijas. 6 de febrero de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Quiroz Soria. Secretario: Edgardo H. Favela Medina.