Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
1a./J. 129/2004 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

CONTRADICCIÓN DE TESIS. ES PROCEDENTE LA DENUNCIA RELATIVA CUANDO EXISTEN CRITERIOS OPUESTOS, SIN QUE SE REQUIERA QUE CONSTITUYAN JURISPRUDENCIA.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Enero de 2005; Pág. 93

Precedentes

Contradicción de tesis 75/2003-PS. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito. 28 de abril de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Luis Fernando Angulo Jacobo. Contradicción de tesis 81/2003-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Quinto, ambos en Materia Civil del Tercer Circuito. 26 de mayo de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Luis Fernando Angulo Jacobo. Contradicción de tesis 119/2003-PS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado, actualmente Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil y el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal, ambos del Sexto Circuito. 23 de junio de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Manuel González Díaz. Contradicción de tesis 41/2004-PS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero del Décimo Sexto Circuito y Primero del Décimo Quinto Circuito, y el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito. 24 de junio de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Luis Fernando Angulo Jacobo. Contradicción de tesis 126/2003-PS. Entre las sustentadas por el Primer, Segundo y Tercer Tribunales Colegiados, todos en Materia Civil del Séptimo Circuito. 1o. de julio de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Jaime Flores Cruz. Tesis de jurisprudencia 129/2004. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de primero de diciembre de dos mil cuatro.

→ Más tesis en materia común