1a. LXXVII/2004 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Común
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES. SON AQUELLOS QUE IMPUGNAN LA INCONSTITUCIONALIDAD DE UN PRECEPTO QUE ESTABLECE EL AUMENTO DE CUOTAS O TARIFAS DE DERECHOS, HACIÉNDOLA DEPENDER DE LOS VICIOS DE LAS CUOTAS O TARIFAS ORIGINALES QUE FUERON CONSENTIDAS TÁCITAMENTE Y POR LAS QUE SE SOBRESEYÓ EN EL JUICIO DE AMPARO, Y NO POR VICIOS PROPIOS.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Junio de 2004; Pág. 232
Si se sobresee en el juicio de amparo en lo que corresponde a un determinado precepto legal, que establece las cuotas o tarifas de determinados derechos, encontrándose demostrado que el quejoso lo ha consentido tácitamente, porque con base en éste ha estado pagando los derechos relativos, los conceptos de violación en los cuales se impugne la inconstitucionalidad de diverso numeral que decrete el incremento de las citadas cuotas o tarifas resultan inoperantes si éste no se impugna por vicios propios, sino que su inconstitucionalidad se hace depender de la de aquel que fue consentido y por el cual se sobreseyó en el juicio de amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 1383/2003. José Eloy Jiménez Espinosa. 24 de marzo de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios. Ponente: Humberto Román Palacios; en su ausencia hizo suyo el asunto José Ramón Cossío Díaz. Secretario: José de Jesús Bañales Sánchez.