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I.11o.C.80 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
183145
Clave de tesis
I.11o.C.80 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Octubre de 2003; Pág. 898

APERCIBIMIENTO DE TENER POR CIERTAS LAS AFIRMACIONES DE LA CONTRAPARTE. LA RESOLUCIÓN QUE LO HACE EFECTIVO NO ES UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN Y, POR TANTO, PUEDE IMPUGNARSE COMO VIOLACIÓN PROCESAL EN AMPARO DIRECTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Octubre de 2003; Pág. 898

Precedentes

Amparo en revisión 288/2003. La Federación, Ejecutivo Federal y Secretaría de Marina. 21 de agosto de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Indalfer Infante Gonzales. Secretario: Eduardo Jacobo Nieto García.

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