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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 7 de noviembre de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 70/2007-PS en que participó el presente criterio.

I.7o.P.39 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
183671
Clave de tesis
I.7o.P.39 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Julio de 2003; Pág. 1231

SUSPENSIÓN PROVISIONAL CONTRA ACTOS QUE AFECTEN LA LIBERTAD PERSONAL, APLICABILIDAD DEL ARTÍCULO 124 BIS DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Julio de 2003; Pág. 1231

Precedentes

Queja 47/2003. 5 de junio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Ojeda Bohórquez. Secretario: Carlos López Cruz. Nota: Por ejecutoria de fecha 7 de noviembre de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 70/2007-PS en que participó el presente criterio.

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